Virginia Nakagawa: “El nuevo modelo [de la Red Dorsal] debe ser el resultado de un debate técnico” | Especial Quo Vadis, Red Dorsal

Virginia Nakagawa, ex viceministra de comunicaciones, considera que hoy estamos ante la oportunidad de corregir los problemas que arrastra la Red Dorsal. Esta solución se encontrará, dijo, uniendo los aportes del sector privado y el público, tanto desde el punto de vista técnico como legal.
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Virginia Nakagawa, ex viceministra de comunicaciones, considera que hoy estamos ante la oportunidad de corregir los problemas que arrastra la Red Dorsal. Esta solución se encontrará, dijo, uniendo los aportes del sector privado y el público, tanto desde el punto de vista técnico como legal.

Virginia Nakagawa, socia fundadora de Nakagawa Consultores Regulatorios, fue viceministra de comunicaciones entre el 2018 y el 2020. Informó que, durante su gestión, pidió abstenerse de realizar negociaciones con Azteca porque trabajó en dicha empresa como directora de Gestión Técnica y de Proyectos durante el 2016. Sin embargo, fue bajo su mando que se creó Pronatel, en reemplazo del Fitel. Además, en ese periodo se abrió la posibilidad de que, como APP (Asociación Público-Privada), pudiera administrar de forma temporal la Red Dorsal si caducaba el contrato. Ella aclara que no están exentos de cumplir con la debida transparencia en el proceso.

¿Considera que Pronatel puede y debe hacerse cargo del mantenimiento de la Red Dorsal de forma temporal? ¿Está en capacidad y habilitado para brindar el servicio de Internet a las diferentes entidades gubernamentales?

Pronatel ha hecho una gran labor y tiene un grupo de profesionales técnicos muy sólido. La duda es si tiene los recursos necesarios y la habilitación legal para prestar, directamente, servicios de telecomunicaciones. Recordemos que es con el Decreto Legislativo 1509 (10/05/2020), en que se autorizó expresamente al MTC, a través de Pronatel, a efectos de realizar las contrataciones necesarias para garantizar la prestación de los servicios en los proyectos a su cargo, bajo el supuesto de desabastecimiento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Ante ello, hay que tener claro:

  1. ¿Se exoneró a Pronatel de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado? No. La exoneración debe ser expresa al ser un Sistema integral del Estado Peruano;
  2. ¿Se exoneró a Pronatel de prestar servicios de telecomunicaciones sin obtener concesión, como lo establece el Art. 47 de la Ley de Telecomunicaciones? No; y,
  3. ¿El Estado puede obtener una concesión? Desde mi punto de vista, No con el marco legal actual conforme lo establece el Art. 2 de la Ley de Telecomunicaciones. En efecto, el marco legal prioriza la libre competencia, y establece que al Estado le corresponde su fomento, administración y control. No la explotación y/o la prestación de servicios de telecomunicaciones (ver también Art. 6 de dicho cuerpo normativo).

Siguiendo con el análisis, el Art. 58 del Decreto Legislativo 1362 (Ley de APPs), dispone en el inciso 58,1, que cuando se produzca la caducidad de un contrato de asociación pública privada, la entidad pública titular del proyecto, directamente o a través de terceros, asume el proyecto de manera provisional, para garantizar la continuidad del proyecto. Ante ello, me pregunto: ¿indicó este inciso 58,1 que no se aplicaba la Ley de Telecomunicaciones? No. Por tanto, en mi opinión, Pronatel debía efectuar el proceso de adjudicación directa, con miras a obtener la mejor alternativa técnica en manos de un concesionario. No es factible que se entienda, por las normas antes reseñadas, que se le ha autorizado a prestar servicios de telecomunicaciones sin concesión.

Trascendió que la contratación de un tercero para hacerse cargo de la red no ha procedido por las criticas a la falta de transparencia, dudas sobre las condiciones exigidas y la falta de reparación de las observaciones (Azteca) que impiden recibir la infraestructura. ¿Qué opinan debe pasar ahora? ¿Cómo debería ser dicha contratación?

Debo ser clara en señalar que a Pronatel se le otorgó un plazo muy reducido para supervisar, recibir la red y adjudicar al interventor. En efecto, la Resolución Ministerial 689-2021-MTC/01 (13/07/2021) otorgó sólo seis meses; plazo que ha quedado evidenciado que fue claramente insuficiente, más aún en pleno cambio de Gobierno e inexplicable cuando la Cláusula 61 del Contrato de Concesión de Azteca, le obligaba a dicha empresa a quedarse por el plazo que le fuera señalado por el MTC.

Dicho esto, sólo veo como camino, que se vuelva a elaborar nuevos términos de referencia para este proceso, que genere una real competencia, corrigiendo los desaciertos, y a su vez, permitiendo que este interventor=concesionario, pueda fijar sus tarifas bajo el régimen supervisado de Osiptel. Recordemos que el MTC puede solicitar la asistencia profesional de Osiptel (Art. 77 de la Ley de Telecomunicaciones) en estas materias, y sería muy bueno, que tanto el MTC como el regulador, trabajasen juntos en las obligaciones a cargo de cada una, en especial, en salvaguarda de evitar distorsiones a la competencia, entre otras.

¿Cuál es el camino o cuál la mejor solución que se puede dar al manejo permanente de la red dorsal? ¿Operador estatal a la vista? ¿Una nueva App? ¿Nueva licitación?

Hechos: La Red Dorsal ya está aquí. Los proyectos regionales también. Desde mi punto de vista, la mejor opción se encuentra en las modalidades de participación de la inversión privada, contenidas en el D. Leg. 1362, Ley de APPs, constituyendo el mejor mecanismo, una APP en que se puedan distribuir eficientemente los riesgos, más aún si se tiene en cuenta, que nos encontramos en un entorno en que las inversiones privadas se ven restringidas (por factores externos e internos). Estamos ante una nueva ventana de oportunidad en que se puede corregir los errores iniciales tanto de la Ley 29904 (Ley de Banda Ancha) como los del caducado Contrato Azteca.

Obviamente, las ideas trasnochadas de un eventual operador estatal deben ser desechadas de plano. El sector de las telecomunicaciones en los 90’s era un verdadero desastre. El Estado no puede jugar a ser Dios y debe usar nuestros impuestos y ejecutar las actividades en las que el privado no. No debe pues el Estado hacerse un autogol, porque la factura la pagamos todos y en especial, los no conectados. Hagamos memoria: ¿Recuerdan las Fichas RIN? ¿Recuerdan que decir su número telefónico era casi un signo exterior de riqueza? Eso hay que tenerlo presente.

Si lo anterior no es suficiente, tengamos presente que el Art. 60 de la Constitución Política, dispone que sólo por ley expresa el Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirectamente, por razón de alto interés público o de manifiesta conveniencia nacional. Resaltamos: “subsidiariamente”. Y ello, porque la subsidiariedad es complejo en el caso de un sector altamente tecnológico como en las telecomunicaciones. Y para ello, hagamos un ejercicio simple: Imaginemos que se apagan todas las redes celulares del País. Todas. Hoy. ¿Sienten la ausencia del servicio? Efectivamente, Y eso lo hizo el sector privado. ¿Lo vamos a poner en riesgo? O mejor salvaguardemos las buenas prácticas, las políticas públicas que dieron el mejor resultado, y trabajemos en colaboración público-privado en la mejora potente, necesaria e inclusiva del acceso a internet a nivel nacional, en especial en áreas rurales. Es urgente.

¿Qué se debería hacer a nivel legal, en términos regulatorios, en torno al acceso a Internet de banda ancha en todo el país para cerrar la brecha digital y sacar provecho a la Red Dorsal y las redes regionales?

Es indispensable que se entienda que el éxito en materia de regulación es la suma de la mirada económica, legal y de ingeniería. Cualquier opción que sea parcializada, tendrá un alto riesgo de fracaso. Dicho esto, considero indispensable que

  1. La opción final de la Red Dorsal y de las Redes de Transporte Regionales, pasa por su unión, y el nuevo modelo, debe ser el resultado de un debate técnico, entre el sector privado, el público, la academia, las universidades, entre otros, dejando de lado, todo factor político, y con la mirada puesta en el País, lo que es difícil en la actual coyuntura, por lo que
  2. Propongo que desde el Poder Ejecutivo, se reforme la actual Comisión de Trabajo (sectorial) del MTC y se conforme una nueva Comisión Multisectorial, cuya Secretaria Técnica sea OSIPTEL, en beneficio de la mayor independencia, y
  3. Se convoque a entidades internacionales que han trabajado fuertemente en la evaluación del Régimen de Banda Ancha, como es el Banco Mundial.

Mientras tanto, es fundamental que se tomen las medidas necesarias para reactivar las inversiones en el sector, y una buena medida sería derogar la Ley 31207, que aprobó la velocidad mínima garantizada de internet al 70%, igualando sector urbano y rural, y cualquiera sea el medio de acceso, a pesar de la oposición del MTC, Osiptel y la industria, ya que desacelera la expansión del servicio de internet en las zonas más necesitadas de conectividad. Esto es indispensable ya que, como ha dicho Osiptel, el efecto del alejamiento de las inversiones ya se está sintiendo. Esta Ley es un despropósito.

Sigue leyendo a otros especialistas dar su opinión sobre la Red Dorsal:

Mesías Guevara
Carlos Valdez

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